SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0320/2007-R
Fecha: 24-Abr-2007
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente alega que el Fiscal Adjunto a Pucarani y la Jueza de Instrucción de la misma localidad, vulneraron los derechos a la libertad, a la defensa y al debido proceso de sus representados, quienes fueron aprehendidos por comunarios de Chuñavi, y al ser remitidos ante el Ministerio Público, el Fiscal Adjunto los incomunicó, además de recibirles las declaraciones informativas sin la presencia de un profesional abogado, sino por un egresado de la Carrera de Derecho de la UMSA, designado como Defensor de Oficio. De la misma forma la Jueza de Instrucción, realizó la audiencia de medidas cautelares a la que asistió el mismo Defensor de Oficio, que no es abogado, disponiendo su detención preventiva. En consecuencia, corresponde determinar en revisión, si los extremos demandados son evidentes y si merecen la protección que brinda el art. 18 de la CPE.