Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0342/2007-R
Fecha: 30-Abr-2007
denegó
Mediante Sentencia 30 de 5 de mayo de 2006, cursante de fs. 289 a 290 pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, se denegó el recurso, con costas y multa de Bs200.- (doscientos bolivianos) con el fundamento de que las vías de hecho alegadas por los recurrentes no se han demostrado conforme lo establece el art. 1283 del Código Civil (CC).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- I.2.3 Intervención de la tercera interesada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1 Vías de hecho y supuestos que viabilizan la tutela en caso de derechos propietarios violentados por éstas
- ingresaron a ejercer la posesión de forma directa de los terrenos que hoy son objeto de la litis
- con poder suficiente