AUTO CONSTITUCIONAL 0144/2007-RCA
Fecha: 11-May-2007
expuestos con precisión y claridad
Conforme a lo señalado, los hechos jurídicamente relevantes que sirven de fundamento fáctico del recurso deben ser, como lo expresa la ley, expuestos con precisión y claridad, dado que los mismos delimitan la causa de pedir y vinculan al Tribunal de amparo, es decir que éste, deberá resolver la problemática planteada conforme en esa descripción de los hechos y su calificación jurídica (derechos lesionados) y no otra”.
Acorde a la jurisprudencia precedentemente citada, la descripción de los hechos relevantes debe ser descrita de manera precisa y clara, la que además debe responder de manera objetiva a la voluntad de la parte que recurre de amparo constitucional de informar de manera indubitable al juzgador que la acción u omisión traducida en actos lesivos de sus derechos y garantías constitucionales son los indicados en el memorial de amparo constitucional, debiendo por lo tanto evitar en la redacción mediante la cual se relatan los hechos, incurrir en apreciaciones ajenas a los eventos y sucesos concernientes al problema descrito, evitando incurrir en una redacción confusa e incoherente, lo que puede concluir en el rechazo in límine del recurso, cuando se establecen una serie de hechos que lejos de concretar la acción vulneratoria de los derechos constitucionales se crea duda en el juzgador de cual realmente es la acción u omisión que afectan los derechos y garantías constitucionales.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.2. Resolución
- improcedente in límine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- II.1. Atribución de la Comisión de Admisión
- II.2. Análisis de los fundamentos del Tribunal de amparo para declarar la improcedencia in límine del recuso
- I.-
- expuestos con precisión y claridad
- 1) el elemento fáctico que está referido a los hechos que sirven de fundamento al recurso
- II.4. Análisis del caso elevado en revisión