AUTO CONSTITUCIONAL 249/2007-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 249/2007-CA

Fecha: 10-May-2007

admitir

En consecuencia, ante la evidencia de que la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, carece de contenido jurídico constitucional que justifique una decisión de fondo y que una Circular no puede ser impugnada por esta vía en la que sólo son objeto de control aquellas resoluciones que tienen carácter normativo la autoridad jurisdiccional consultante, al admitir la solicitud de promover el recurso, obró de manera inadecuada.