SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0355/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0355/2007-R

Fecha: 08-May-2007

I.2.3. Intervención del tercero interesado

En audiencia el abogado del tercero interesado señaló que el amparo constitucional no es subsidiario de otros recursos y en el presente caso no se agotó la vía ordinaria, puesto que debió haber acudido al Juez cautelar para que conmine al Fiscal de Distrito la presentación del requerimiento conclusivo, al margen de ello, se evidencia en obrados que tanto la Directora de las diligencias policiales tanto como el Fiscal de Distrito, han presentado dicho requerimiento dentro del término de ley, al margen de que los recurrentes fueron declarados rebeldes en el proceso penal y notificados mediante edictos, y éstos valiéndose de ello, ya plantearon tres veces consecutivas la extinción de la acción penal. Por lo que solicita que se deniegue el presente recurso, con costas y multa.