SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0356/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0356/2007-R

Fecha: 08-May-2007

procedente

Concluida la audiencia, el Tribunal del recurso lo declaró procedente, disponiendo que la autoridad judicial recurrida solicite fotocopias legalizadas del expediente a la Corte Suprema de Justicia y una vez remitidos, señale día y hora de audiencia de consideración de la cesación a la detención preventiva, sin costas, por ser excusable, con los siguientes fundamentos: i) Los tribunales de sentencia o jueces que hubieran dictado sentencia, pueden conocer las solicitudes de detención preventiva, aún cuando los antecedentes hubieran sido remitidos a la Corte Superior de Distrito o la Corte Suprema de Justicia; y ii) La autoridad judicial recurrida actuó de forma impropia al emitir sus proveídos de rechazo a la petición de cesación de detención preventiva, pues debió haber solicitado a la Corte Suprema de Justicia la información necesaria del estado de la causa, por lo que vulneró el derecho a la libertad de los representados del recurrente.