Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0413/2007-R
Fecha: 21-May-2007
I.2.3. Intervención de la tercera interesada
Elena Rueda Tarupayo, en su condición de tercera interesada como demandante del proceso ordinario seguido contra el ahora recurrente, adjuntando el memorial cursante de fs. 41 a 43, señaló que el presente recurso de amparo constitucional no puede prosperar porque aún no se agotaron los medios legales, dado que al haberse concedido el recurso de apelación en el efecto diferido, aún está pendiente de resolución y por tanto no afecta ningún derecho constitucional del recurrente.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- de modo que sólo cuando se agota dichos medios podrá acudirse a esta jurisdicción en busca de protección, de no ser así, esta jurisdicción no puede operar como recurso sustitutivo, tampoco puede suplir las omisiones en el no uso oportuno de los mismos, ni se constituye en una instancia más dentro de los procesos ordinarios o administrativos previstos por el ordenamiento jurídico.
- tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- improcedencia
- APRUEBA