SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0418/2007-R
Fecha: 21-May-2007
II.2.
II.2. El informe del Investigador asignado al caso, refiere que el 16 de febrero de 2007 aproximadamente a horas “5:30” ingresaron a la propiedad “El Porvenir” de Elio Toledo Toledo -ahora recurrente-, en cuyo operativo dieron la orden para que todos los ocupantes de dicho inmueble salieran con las manos en alto, pero hicieron caso omiso, por lo que se procedió a utilizar una granada de gas lacrimógeno; saliendo mujeres y niños. Luego del incumplimiento de que salgan los que se encontraban en el lugar se lanzó un nuevo gas, saliendo el recurrente, quien habría intentado darse a la fuga pero fue reducido, junto con otras personas. “Ronelio Macoños, quien habría intentado sacar un arma de fuego, fue herido en la pierna (fs. 20 a 21).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El allanamiento no vinculado a la restricción a la libertad no puede ser analizado a través del hábeas corpus
- lo que no corresponde analizar la serie de hechos que implicarían falta de competencia, allanamiento y requisa indebidos como también la saca de su domicilio de tres menores, pues esos extremos deben ser dilucidados en otra vía al no ser objeto de protección de hábeas corpus; por lo mismo el recurso se hace improcedente
- III.2. No existe persecución ilegal cuando no se ha librado mandamiento de privación de libertad
- no se libró mandamiento de aprehensión en su contra y menos se ejecutó el mismo y por ende, en los hechos no fue objeto de persecución u hostigamiento
- , no son objeto de análisis a través del hábeas corpus, presuntos actos ilegales cometidos por las autoridades encargadas de la persecución penal cuando en los mismos no se ha operado la restricción o amenaza de la libertad
- REVOCAR