SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0418/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0418/2007-R

Fecha: 21-May-2007

no se libró mandamiento de aprehensión en su contra y menos se ejecutó el mismo y por ende, en los hechos no fue objeto de persecución u hostigamiento

Bajo  el citado razonamiento, se entiende que la persecución indebida debe verse materializada en actos o acciones que permitan concluir la existencia de una amenaza a este derecho. Así la SC 1616/2005-R de 12 de diciembre, concluyó lo que sigue “consiguientemente, no se advierte que el actor hubiera estado indebida e ilegalmente perseguido, por cuanto, se reitera, no se libró mandamiento de aprehensión en su contra y menos se ejecutó el mismo y por ende, en los hechos no fue objeto de persecución u hostigamiento (…); por el contrario, queda claro que la autoridad recurrida advertida del error en que incurrió al consignar en la orden de citación la advertencia de la aprehensión del actor en caso de incomparecencia, dejó sin efecto la misma, hecho que fue de conocimiento del recurrente antes de la interposición del recurso; en consecuencia, al no haberse materializado dicha advertencia, no existió lesión o amenaza real del derecho a la libertad personal invocado por el recurrente, que amerite la protección que brinda el art. de la 18 de la CPE. (las negrillas son nuestras).