SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0029/2007
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0029/2007

Fecha: 13-Jun-2007

I.1.2. Trámite procesal del incidente y Resolución del Tribunal

Luego de presentado el memorial del incidente de inconstitucionalidad, el Vocal Semanero de la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, mediante proveído de 10 de noviembre de 2006, corrió traslado al Banco Central de Bolivia, representado por el Banco Mercantil (fs. 17), entidad que por medio de su representante, Evelyn Vaca Vargas y por memorial presentado el 18 de noviembre de 2006, cursante de fs. 23 a 25, solicitó que el recurso sea rechazado, por que las normas denunciadas de inconstitucionales determinan con precisión que las entidades públicas no pueden ser castigadas con costas procesales y que la SC “1295/01-R” ya expresó que su mandato es extensivo a todos los procesos en los que el Estado es parte, por lo que el recurso sólo pretende dilatar el pago de responsabilidades económicas que es de interés público rescatar.   

Por Auto de Vista 65 de 18 de noviembre de 2006 (fs. 26 y vta.), la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz rechazó el recurso, remitiendo antecedentes a este Tribunal, con el argumento de no haberse acompañado el texto de las normas demandadas, en originales o fotocopias legalizadas, ni copia de las piezas procesales pertinentes.