SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0029/2007
Fecha: 13-Jun-2007
III.2.
III.2. En el caso presente, dentro del proceso ejecutivo seguido por el Banco Central de Bolivia representado por el Banco Mercantil S.A., el Tribunal Constitucional admitió el presente recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad promovido a instancia de Ángel Vidal Paz Paz en representación de Peter Harder Wieler, contra el último párrafo del art. 39 de la LACG y el art. 52 del DS 23215, dentro de un incidente de nulidad de la citación efectuada a los ejecutados con la demanda y Auto de intimación.
Conforme a las normas legales y al entendimiento jurisprudencial anotado en el Fundamento Jurídico III.1, se establece que las normas impugnadas de inconstitucionales, último párrafo del art. 39 de la LSAFCO y art. 52 del DS 23215, no serán aplicadas en la decisión final a pronunciarse en el proceso ejecutivo antes referido, sino en la resolución de segunda instancia del incidente de nulidad de citación, que es una cuestión accesoria que no resuelve el fondo de la causa principal; circunstancia que determina la improcedencia del recurso incidental de inconstitucionalidad, al carecer de fundamento jurídico-constitucional, toda vez que la Resolución a la que se aplicarán las normas impugnadas tampoco definirá la situación jurídica de las partes dentro del proceso ejecutivo, ni pondrá fin a la causa y menos afectará los derechos discutidos en el proceso principal; únicos casos en los que procede el presente recurso para impugnar normas aplicables dentro de un incidente.
- recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- I.1.1. Relación sintética del recurso
- I.1.2. Trámite procesal del incidente y Resolución del Tribunal
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- I.3.1.
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley, decreto o resolución no judicial aplicable a aquellos procesos
- tenga que ser necesariamente aplicada en la resolución del proceso judicial o administrativo
- otros casos en que puede promoverse el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- III.2.