SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0029/2007
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0029/2007

Fecha: 13-Jun-2007

II.2.

II.2.  El 27 de agosto de 2005, Ángel Vidal Paz Paz, en representación de Peter Harder Wieler, solicitó complementación de la referida Resolución con la imposición de costas al demandante de conformidad al art. 155.I del CPC. Por Auto de 23 de agosto de 2005, el Juez de la causa providenció que no correspondía condenar en costas al Estado, entendiéndose que el ejecutante era el Banco Central de Bolivia, en virtud de lo previsto por los arts. 39 de la LACG y 52 del DS 23215 (fs. 2 y vta.).