SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0455/2007-R
Fecha: 04-Jun-2007
a)
La recurrente señala que su representado está ilegalmente procesado y perseguido, lesionándose la garantía del debido proceso, el derecho a la defensa, a la presunción de inocencia, a la seguridad física, psicológica, a la salud, a la seguridad jurídica, al trabajo por cuanto: a) Dentro del proceso penal seguido a instancia del Ministerio Público y acusación particular contra su progenitor por la comisión del delito de tentativa de homicidio, y radicado el proceso ante el Tribunal de Sentencia de Camiri, después de haber sido resueltas las excepciones de litispendencia e incompetencia, para el reinicio del juicio oral se emitió un simple decreto de señalamiento de audiencia, cuando lo que correspondía era se emita un auto interlocutorio otorgando un plazo a las partes de diez días para que aseguren testigos y peritos; b) Se ordenó sean notificadas las partes en sus domicilios procesales y no personalmente con el señalamiento del reinicio de juicio oral y ante su incomparecencia se libró mandamiento de aprehensión, embargo y arraigo, a mas de que, desde la notificación a la fecha del reinicio transcurrieron veintidós horas, impidiéndole preparar su defensa. En consecuencia, corresponde determinar en revisión, si los extremos demandados son evidentes y si merecen la protección que brinda el art. 18 de la CPE.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- a)
- III.1.
- III.2.
- III.2.1.
- III.2.2. Sobre la legalidad de las notificaciones y el derecho a la defensa
- o cuando se emite una orden de detención, captura o aprehensión al margen de los casos previstos por ley, e incumpliendo las formalidades y requisitos exigidos por ella"
- APROBAR