SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0455/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0455/2007-R

Fecha: 04-Jun-2007

I.2.2. Informe de la autoridad  recurrida

La recurrida en audiencia expresó que  Luis Claudio Cabrera tiene proceso en el Tribunal de Sentencia instaurado por el Ministerio Público, habiendo planteado apelación incidental que fue resuelta declarando la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz improcedente por Auto de Vista de 12 de enero de 2007, y devuelto el cuadernillo el 5 de marzo de 2007, se fijó audiencia para el 13 de marzo y son diez días, suponiendo que las partes ya tenían conocimiento del Auto de Vista que declaró improcedente el incidente, habiendo sido notificados los sujetos procesales en el domicilio procesal con el decreto de fijación de audiencia, y el día en que se celebró la misma no se hizo presente el abogado de la defensa y ni siquiera justificó su ausencia, por lo que de acuerdo al "art. 105" merecía sanción, habiéndose dictado la rebeldía en sujeción al art. 89 del CPP y lo que correspondía era que agoten los medios para que se cambien las medidas adoptadas, debiendo ser aplicado el principio de subsidiariedad, no siendo evidente que se halla indebidamente perseguido, porque el proceso es legal y se han seguido los pasos procedimentales.