Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0457/2007-R
Fecha: 06-Jun-2007
I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
El abogado de las autoridades recurridas, expresó que sus representados, sin violar ninguna garantía y en cumplimiento de sus deberes, vieron a unas personas sospechosas en el intento de victimizar a una persona que se encontraba por el lugar, la misma que fue identificada. Además, rechazó la afirmación de que se hubiera cambiado el informe, presentando la respectiva papeleta de descargo.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- b)
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- determinará la legalidad de la aprehensión y, con los elementos de convicción existentes, pronunciará la Resolución mediante la cual aplicará la medida cautelar pertinente,
- se requiere que la acción tutelar no solamente esté dirigida contra el funcionario policial o fiscal según sea el caso, sino también contra la autoridad judicial competente para corregir el acto ilegal en el ámbito de su competencia, lo que supone también impugnar la resolución judicial que declaró la legalidad del arresto o la aprehensión
- III.2.
- APROBAR