Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0457/2007-R
Fecha: 06-Jun-2007
II.2.
II.2. El 26 de abril de 2007 (fs. 5 y vta.) en presencia de la fiscal Lourdes Villarroel Bustios, se efectúo una requisa personal y por requerimiento de la fecha (fs. 4 vta.), el fiscal Miguel Ángel Viera Lucero, ordenó la aprehensión de los representados del recurrente, adoptando determinaciones propias de la investigación preliminar.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- b)
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- determinará la legalidad de la aprehensión y, con los elementos de convicción existentes, pronunciará la Resolución mediante la cual aplicará la medida cautelar pertinente,
- se requiere que la acción tutelar no solamente esté dirigida contra el funcionario policial o fiscal según sea el caso, sino también contra la autoridad judicial competente para corregir el acto ilegal en el ámbito de su competencia, lo que supone también impugnar la resolución judicial que declaró la legalidad del arresto o la aprehensión
- III.2.
- APROBAR