SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0491/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0491/2007-R

Fecha: 13-Jun-2007

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

En el memorial  presentado el 24 de abril de 2007 (fs. 4 a 5), el recurrente señaló que debido a una querella presentada por su ex conyuge Selva Aguirre Jiménez, contra su persona y de Francisco Nosa Tamo, sobre  la venta de un bien inmueble  y posterior querella y retiro de querella por parte de Francisco Nosa Tamo, contra su persona y otra por el delito de estafa y estelionato, la fiscal Paulina Coronado Sandoval, procedió a recibir su declaración informativa, y en vista a que no se encontraba su abogado defensor, quiso nombrar como a su abogada defensora a la misma profesional que firmó la querella, cuando su persona se negó a ello, suspendió la audiencia y se encuentra amenazado de perder su libertad en caso de no presentarse a la audiencia señalada de oficio para el día 24 de abril de 2007, a horas 16:00, sin tomar en cuenta el desistimiento y  retiro de la querella por parte de Francisco Nosa Tamo, por lo que presentó un memorial el 19 de abril de 2007, pidiendo se pronuncie sobre el desistimiento de la querella, toda vez que en el fondo no tiene ningún justificativo ni asidero legal, sin embargo, como pretende cumplir su amenaza de ordenar su detención y pasarme ante el Juez cautelar en calidad de detenido, no se pronunció respecto al memorial presentado, en el que además solicitó fotocopia legalizada del cuadernillo de investigaciones, sin considerar que los  Fiscales tienen la obligación de pronunciarse sobre las peticiones de las partes, como manda el art. "13 Núm. 3)" de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP), así como velar por la legalidad de la investigación.

Alega que, el hecho de no haberse pronunciado sobre el desistimiento y retiro de la querella, constituye persecución indebida, máxime si  le solicitó la suspensión  de la declaración informativa, mientras no resuelva o se pronuncie en el fondo del desistimiento de la querella, señala que corre el riesgo  que a tiempo de prestar su declaración informativa, la Fiscal disponga su detención  preventiva.