Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0522/2007-R
Fecha: 21-Jun-2007
III.4. Otros reclamos
Con relación al supuesto incumplimiento del art. 126 del RDSPN en la presentación del recurso de apelación, que daría lugar a que dicho recurso deba ser declarado inadmisible e improcedente por los recurridos; la presunta incompetencia de éstos en virtud de la norma citada, para resolver en el fondo, revocar la Resolución del inferior y condenarlos sin juicio previo, así como para hacer una nueva compulsa de las pruebas y el reclamo de prescripción de la acción, son cuestiones que serán resueltas por los recurridos al momento de emitir la nueva resolución de alzada, por lo que tampoco corresponde a este Tribunal pronunciarse sobre estos aspectos.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- denegó
- i)
- ii)
- II.1.
- II.2.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Derechos supuestamente vulnerados
- Fragmento 20
- III.2. Antecedentes
- Fragmento 22
- III.3. Análisis del caso
- Fragmento 24
- III.4. Otros reclamos
- REVOCAR