Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0033/2007
Fecha: 09-Jul-2007
II.3.
II.3. Apersonada la parte apelante (fs. 68 y vta.), el Juez recurrido por Resolución de 11 de agosto de 2006 sujetó la causa al término probatorio de quince días (fs. 69), declarando el 15 de noviembre de 2006 improbado el incidente de nulidad formulado por la mandante del recurrente (fs. 70 y vta.).
- b)
- c)
- d)
- e)
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad
- computables desde la fecha en que se sorteare el expediente,
- III.3. Análisis del presente caso
- 6 de diciembre de 2006
- INFUNDADO