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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0033/2007
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0033/2007

    Fecha: 09-Jul-2007

    III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

    El recurrente señala que la autoridad judicial demandada, ha emitido la Resolución que impugna después de siete meses y dos días de decretada la radicatoria, es decir, fuera del plazo de treinta días que le otorga el art. 204 del CPC, cuando ya perdió competencia. En consecuencia, corresponde analizar los hechos alegados y las normas aplicables al caso.

    • b)
    • c)
    • d)
    • e)
    • I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad
    • computables desde la fecha en que se sorteare el expediente,
    • III.3. Análisis del  presente caso
    • 6 de diciembre de 2006
    • INFUNDADO

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