Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0035/2007
Fecha: 25-Jul-2007
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente interpone recurso directo de nulidad contra la RA 609-07, de 2 de abril de 2007, pronunciado por el Jefe Departamental de Trabajo - La Paz, porque dicha autoridad estaría usurpando funciones que son privativas del Ministro de Trabajo, y no tiene -como funcionario subalterno- facultades normativas ni ejecutivas para suscribir o dictar resoluciones administrativas en nombre o en representación del Ministerio de Trabajo estando facultado solo para emitir opiniones e interpretaciones, así como no cuenta con la competencia para actuar y/o firmar una resolución de reincorporación laboral haciendo uso de la Resolución Ministerial 551/06 y el DS 28699, infringiendo el art. 228 de la CPE.
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- repuesto
- 1)
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.2.
- III.3.
- retiro por una causal ajena a su voluntad
- Los contratos de trabajo pueden convenirse o rescindirse libremente en conformidad a la Ley General del Trabajo y sus disposiciones reglamentarias
- III.4.
- a)