Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0539/2007-R
Fecha: 03-Jul-2007
II.4.
II.4. Contra dicha Resolución Final, la representada del recurrente interpuso recurso de apelación que fue resuelto por el plenario del Consejo de la Judicatura mediante Resolución 291/2006 de 6 de septiembre, confirmando la Resolución apelada de 8 de agosto de 2006 y en cumplimiento del art. 50 de la LCJ, instruyó se remitan actuados al Ministerio Público (fs. 9 a 12); Resolución que fue notificada a la representada del recurrente el 7 de septiembre de 2006 (fs. 36).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- , lo que significa que toda persona puede hacer lo que desee en su vida y con su vida sin que la Sociedad o el Estado puedan realizar intromisiones indebidas en dicha vida privada; pues se entiende que toda persona tiene la absoluta libertad de ejercer sus derechos de la forma que más convenga a sus intereses, con la sola condición de no lesionar el interés colectivo o los derechos de las demás personas, por lo mismo, frente a una eventual lesión o restricción de su derecho fundamental o garantía constitucional la persona tiene la libertad de definir la acción a seguir frente a dicha situación, ya sea reclamando frente al hecho ilegal, planteando las acciones pertinentes o, en su caso, de consentir el hecho
- Esta causal que debe entenderse objetivamente como cualquier acto o acción que el titular del derecho fundamental realice ante la autoridad o particular que supuestamente lesionó el mismo, como también ante otra instancia, dejando advertir o establecer claramente que acepta o consiente de manera voluntaria y expresa la amenaza, restricción o supresión a sus derechos y garantías fundamentales
- III.2.
- III.3.
- procede única y exclusivamente cuando se han agotado los recursos y medios existentes para que la persona exija se respeten los derechos y garantías que estima lesionados
- III.4.
- denegado”
- Fragmento 21
- APRUEBA