SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0546/2007-R
Fecha: 03-Jul-2007
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente afirma que se vulneraron sus derechos a la seguridad jurídica, al trabajo, a la petición y la garantía del debido proceso, al señalar que fue nombrado Asesor Legal del Seguro Social Universitario de Oruro, como ganador de un concurso de méritos, cargo que según el art. 77 del Estatuto Orgánico del Sistema Integrado de la Seguridad Social Universitaria Boliviana es por cuatro años; empero, para evitar algunos reclamos, el contrato de venta de servicios profesionales le fue suscrito por dos años, con el compromiso de que a su vencimiento sería ampliado por término similar, pese a lo cual los recurridos determinaron resolver el contrato, amparados en una de las cláusulas que no establece expresa ni tácitamente las causales de rescisión y sin que exista proceso previo ni declaración judicial, no existiendo de su parte incumplimiento de sus obligaciones y sin que sus reclamos fueran escuchados. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela solicitada.