Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0565/2007-R
Fecha: 05-Jul-2007
II.4.
II.4. Por informe que cursa a fs. 36 del anexo, Cecilia Santa Cruz, Coordinadora de las Defensorías de la Niñez y Adolescencia informó que el 23 de noviembre de 2006, en coordinación con la Defensoría de Cotahuma, se llevó a cabo el rescate de la niña ordenado por la Jueza. Por Resolución 358/2006 de 1 de diciembre, la Jueza dispuso el acogimiento provisional de la menor en el “Centro de Orientación Terapia Mujeres” (fs. 38 a 39 del anexo) y por Resolución 360/2006 de 2 de diciembre, su transferencia al “Hogar José Soria” (fs. 47 a 48 del anexo).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- improcedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- la aplicación de esta medida no implica, por ningún motivo, privación de libertad
- el acogimiento en centros de atención no implica privación de libertad, siempre y cuando esa medida haya sido ordenada mediante orden judicial
- III.2.
- Fragmento 16
- APROBAR