SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0582/2007-R
Fecha: 09-Jul-2007
Y por otra
Y por otra, el pronunciamiento sobre el peligro de fuga con relación al art. 234.1 del CPP, fue colegido de la ausencia de documentación idónea que acredite la existencia de familia, domicilio y trabajo del recurrentes. A más de la fundamentación relacionada con el peligro de obstaculización basada en las previsiones del art. 235 incs. 1) y 2) del CPP en sentido de que los antecedentes del proceso se conectan con los ilícitos atribuidos a los imputados, quienes -entre los que figura el actor- podrían destruir, modificar, ocultar, suprimir o falsificar elementos de prueba e influir negativamente sobre los partícipes, testigos o peritos para beneficiarse.
Es decir, el Juez recurrido demostró la existencia de suficientes elementos para sostener que los recurrentes son, con probabilidad, autores o partícipes del hecho punible, y también probó el peligro de fuga contenido en el art. 234.1 del CPP citado y el peligro de obstaculización, previsto en el art. 235 incs. 1) y 2) del CPP. Por lo que no transgredió los derechos invocados por el recurrente, lo cual amerita declarar improcedente el recurso.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- características de inmediatez y urgencia que no se presentan en los recursos de apelación contra Resoluciones pronunciadas por jueces que tienen su asiento judicial en provincias
- III.2. Errónea transcripción de audiencia y subsidiariedad excepcional del recurso de hábeas corpus
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- Y por otra