Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0585/2007-R
Fecha: 09-Jul-2007
3º. DISPONE,
3º. DISPONE, anular el Auto de Vista de 26 de marzo de 2007, pronunciado por los Vocales recurridos, debiendo pronunciar una nueva resolución adecuadamente fundamentada, conforme a los argumentos expuestos precedentemente, sin disponer la libertad de los representados del recurrente, aspecto que será analizado y determinado por el Tribunal recurrido, previa valoración de los hechos y prueba aportada.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.2.
- del Juez cautelar correcurrido, de quien se cuestionan sus actos con motivo de haber dispuesto la detención preventiva de los representados de los recurrentes, y dado que la Resolución correspondiente, en apelación, fue confirmada por la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; no obstante de lo cual, el presente hábeas corpus fue presentado únicamente en contra de dicha autoridad judicial
- extremos que hacen inviable el análisis de fondo del caso planteado y por ende sustenta la negativa de la tutela solicitada
- III.3.
- III.4.
- 3º. DISPONE,