SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0590/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0590/2007-R

Fecha: 11-Jul-2007

II.1.

II.1.    El 5 de mayo de 2005, en ejecución de sentencia, en el proceso coactivo civil seguido por la Asociación de Mutual de Ahorro y Préstamo para la Vivienda “La Primera” contra Gustavo Rodolfo Millán Aguayo y Loida Salazar de Millán, ahora recurrentes, éstos se apersonaron ante el Juez de la causa y en la vía incidental pidieron nulidad de citación y reposición de obrados.

           Habiéndose dictado la Sentencia el 31 de marzo de 2000, por Resolución 142/2000, declarando probada la demanda coactiva civil -añade el memorial- cursa la representación del Oficial de Diligencias en la que establece que ellos fueron buscados y que una persona de nombre “Isabel” recibió el aviso judicial, por lo que el 31 de julio de 2000, mediante “cedulón” en presencia de testigo, supuestamente se les citó indicando que notificó, citó y emplazó a Loida Salazar de Millán y notificó a Gustavo Rodolfo Millán Aguayo. Indican los recurrentes que los días señalados de las representaciones y citación o notificación por cédula  se encontraban en la República de Chile  aludiendo a que notificación y citación enmarcan situaciones jurídicas independientes y diferentes consecuencias (fs. 143 a 145).