SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0594/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0594/2007-R

Fecha: 11-Jul-2007

dicha omisión constituye una infracción a la garantía del debido proceso y al derecho a la defensa del actor

Sin embargo, dentro del proceso tramitado en la Dirección de Recaudaciones del Gobierno Municipal de la ciudad de La Paz, no se ha acreditado que se hubiera procedido a la apertura del plazo probatorio de quince días, como exige el art. 47 de la LPA, de manera que las Resoluciones que hoy se impugnan hubieran sido dictadas dentro de un debido proceso en el que se haya dado oportunidad al hoy recurrente de asumir amplia defensa y presentar sus descargos oportunamente, pero al no haberse procedido en este sentido, dicha omisión constituye una infracción a la garantía del debido proceso y al derecho a la defensa del actor, circunstancia que abre inexcusablemente el ámbito de protección de esta acción tutelar. Así en un caso similar este Tribunal, en la SC 0927/2002-R de 2 de agosto ha señalado lo siguiente: “(…) la clausura implica el cierre temporal o permanente de un local, comercio, establecimiento, etc., y se trata de una determinación administrativa que constituye una sanción que sólo puede ser adoptada por la autoridad pública competente para el efecto, como consecuencia de situaciones fácticas y previo cumplimiento de un procedimiento administrativo y formalidades procesales correspondientes en cada caso”.