SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0594/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0594/2007-R

Fecha: 11-Jul-2007

II.1.

II.1.  El 2 de septiembre de 1999, el Gobierno Municipal de la ciudad de La Paz concedió licencia municipal de  funcionamiento con vigencia hasta el 2 de septiembre de 2001 a Iris Francisco Hurtado Román, para el desarrollo de la actividad denominada discoteca a realizarse en la Av. Pando 248, zona San Sebastián de la ciudad de La Paz (fs. 26), y por memorial presentado el 18 de diciembre de 2002, Juana Elsa Villa Tambo solicitó al Oficial de Desarrollo Humano del Gobierno Municipal de la ciudad de La Paz que se le otorgue licencia de funcionamiento para la actividad Discoteca Karaoke “SANTANA”, a realizarse en la av. Pando 248 (fs. 27), y posteriormente Hernán Cristóbal Jacinto Huayllas  -hoy recurrente-  presentó memoriales el 26 de marzo, 21 de mayo y 12 de julio, todos de 2004, solicitando al Oficial de Desarrollo Humano del Gobierno Municipal de la ciudad de La Paz le renueven licencia de funcionamiento otorgada en 1999 (fs. 30 a 33), y luego, por memorial de 4 de agosto de 2004 el actual recurrente solicitó al Gobierno Municipal de la ciudad de La Paz que se corrija el erróneo procedimiento en su trámite (fs. 34 a 35), para finalmente, por escrito de 5 de agosto de 2005, denunciar ilegal clausura de su local por parte de la Subalcaldesa de la zona central de la ciudad (fs. 37 a 38).