SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0618/2007-R
Fecha: 17-Jul-2007
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En el memorial presentado el 17 de mayo de 2006 (fs. 33 a 35), el recurrente expresa que dentro del proceso penal que siguió desde 1992 su mandante, Carmen Ajhuacho Vda. de Chambi contra José Troncoso Cotaña, este último fue condenado a la pena de reclusión de cinco años por el delito de homicidio por emoción violenta mediante sentencia de primera instancia, confirmada en apelación. Sin embargo, el encausado sin fundamento legal alguno y con el propósito de evadir la justicia, planteó recurso de casación y nulidad contra el Auto de Vista, con el único objeto de beneficiarse de la extinción extraordinaria de los procesos del antiguo sistema penal. Es así que presentó ante la Corte Superior de La Paz un memorial planteando la extinción de la acción penal, el cual fue aparejado por otro memorial ante la Corte Suprema de Justicia el 9 de diciembre de 2004.
Los Ministros recurridos, mediante Auto Supremo de 15 de noviembre de 2005, resolvieron la extinción de la acción solicitada por el procesado, sin considerar la oposición y fundamentos esgrimidos por su representada contra dicha pretensión de impunidad para el responsable de la muerte de su esposo, expresados en el escrito presentado el 1 de abril de 2005, en el cual rechazó el requerimiento del Ministerio Público y la extinción del proceso, señalando algunos de los casos objetivos en los que constaban materialmente las dilaciones propiciadas por el encausado; extremos que como se tiene relatado, no fueron considerados ni mencionados en la resolución cuestionada, cuando jamás debió omitirse su estudio.
A lo señalado se suma que el Auto Supremo impugnado, carece de motivación y fundamento al hacer únicamente una relación cronológica de los actuados cumplidos en el proceso, sin hacer un análisis exhaustivo, razonado y objetivo tanto de la petición del encausado como de la oposición de la víctima así como de las actuaciones de las partes, que permita establecer a quien es atribuible la dilación del proceso penal tramitado bajo el antiguo régimen procesal.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- a)
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La extinción de la acción penal por duración máxima del proceso
- III.2. El deber de motivación de las resoluciones judiciales
- III.3. Análisis de la problemática planteada
- b)
- c)
- APROBAR