SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0698/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0698/2007-R

Fecha: 14-Ago-2007

III.1.2.

III.1.2. En el caso de análisis, la nota de 19 de enero de 2007, dirigida al Presidente del Concejo Municipal de Puerto Acosta, Napoleón Yahuasi Mamani, en la que supuestamente el recurrente habría manifestado su renuncia al cargo de Alcalde Municipal y pedido se proceda a la designación inmediata del Alcalde Municipal sustituto, contienen el sello y firma de recepción del Concejal Secretario consignando la misma fecha de la carta, sin que figuren otros detalles como el cargo y hora de recepción; sin embargo, el actor negó haber presentado dicha nota, siendo éste un elemento fáctico controvertido que este Tribunal no puede dirimir, tal como

Por otra parte, se tiene que el recurrente en conocimiento de los hechos, el mismo día 20 de enero de 2007 solicitó mediante carta dirigida al Concejo en Pleno, la reconsideración de las Resoluciones Municipales 002/2007 y 003/2007 emitidas en la fecha, señalando que jamás presentó la carta de renuncia que dio lugar a la emisión de dichas Resoluciones; aunque no existen datos respecto a la identificación que se produjo al entregar la carta de renuncia, ni sobre la presentación de cédula de identidad presentándose  controversia sobre la presentación de la nota en cuestión, lo que impide a este Tribunal poder  definir si se han cumplido o no los requisitos de validez que ha establecido en su jurisprudencia, debiendo ser dilucidados estos aspectos en la vía penal a la que acudió el recurrente en forma paralela a la interposición del presente recurso.