SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0715/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0715/2007-R

Fecha: 17-Ago-2007

declaró ejecutoriada la Resolución apelada

Por Auto de 6 de junio de 2006 (fs. 26) el Tribunal Sumariante recurrido declaró ejecutoriada la Resolución apelada, sosteniendo que tanto las apelaciones interpuestas por el recurrente como por la Comisión Investigadora fueron realizadas fuera de plazo establecido por el art. 87 del tantas veces mencionado Reglamento, debiendo notificarse a la Corte Superior del Distrito, División de Recursos Humanos y Habilitada para fines de derecho, y darse cumplimiento a la Circular URD 003/03.

            Por Auto de 6 de junio de 2006 (fs. 26) el Tribunal Sumariante recurrido declaró ejecutoriada la Resolución apelada, sosteniendo que tanto las apelaciones interpuestas por el recurrente como por la Comisión Investigadora fueron realizadas fuera de plazo establecido por el art. 87 del RPDPJ, pues como se tiene precisado el recurso de apelación que interpuso el recurrente estuvo fuera de término por cuanto si bien es cierto que lo presentó dentro de los tres días hábiles fatales de entonces, no es menos cierto que lo hizo excediéndose en la hora en que fue notificado con la Resolución apelada, es decir después de más de cinco horas, contraviniendo la primera parte del citado art. 87 del RPDPJ, que indica que la apelación será planteada dentro del término fatal de tres días, computables desde el día y hora de la notificación con la resolución.