SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0727/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0727/2007-R

Fecha: 20-Ago-2007

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente indica que se han vulnerado sus derechos a la seguridad jurídica y a la propiedad privada, y de la garantía del debido proceso, reconocidos -según dice- por los arts. 7 inc. a), 22 y 16.IV de la CPE, por cuanto en un “proceso fraudulento” (sic) iniciado por el pago de alquileres contra la empresa Organización de Exportación Arredondo S.A. representada por Alfredo Arredondo Flores, sorprendiendo la buena fe del Oficial de Diligencias del Juzgado Primero de Partido en lo Civil de El Alto, delictivamente hizo que se embargaran sus bienes en lugar de los bienes propios del demandado o la entidad que representaba este último, habiendo conducido al Juez a cometer “un grave error judicial y por lo tanto un fraude procesal” (sic), y logrado que el Notario de Fe Publica, el 18 de septiembre de 2002, le extienda la escritura “ideológicamente falsa” (sic). Los bienes cuya propiedad reclama le fueron adjudicados dentro del proceso ejecutivo seguido por Esperanza Gutiérrez de Meruvia contra Alfredo Arredondo Flores y Elva Clavijo de Arredondo, -según escritura pública 100/98 de 10 de junio de 1998-  y pese a la orden del Juez para que el Oficial de Diligencias le entregue los bienes que están en posesión de Luis Vattuone Arrien, la misma no fue cumplida porque este último -el recurrido- se ha dado medios para dilatar y evitar ejerza la propiedad sobre los bienes que se adjudicó. De consiguiente, corresponde determinar en revisión, si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 de la CPE.