SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0749/2007-R
Fecha: 24-Sep-2007
II.4.
II.4. El 5 de marzo de 2001, la Empresa representada por el recurrente presentó desistimiento de la apelación, con la firma únicamente de su abogado aduciendo impedimento momentáneo de los interesados. Por providencia de 6 de marzo de 2001, los Vocales recurridos pidieron acredite previamente el impetrante su personería (fs. 69 y vta.). En el memorial presentado el 8 de marzo de 2001, se reiteró el desistimiento suscribiendo otra vez sólo el abogado por los interesados impedidos momentáneamente. A través del decreto de 8 de marzo de 2001, los Vocales recurridos dispusieron se esté a lo dispuesto en el decreto de 6 de marzo de 2001 (fs. 71 a 72). En el Otrosí del memorial de 29 de marzo de 2001, el abogado nuevamente pidió la admisión del desistimiento que tiene formulado, mereciendo el proveído de 30 de ese mes y año en sentido de estarse al decreto “de fs. 2773” (fs. 73 y vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- interpretación de la ley o la indebida aplicación de ella,
- SC 0718/2005-R
- SC 0085/2006-R
- III.2. El caso analizado
- Sin embargo
- APROBAR