se inicia la acción penal
La diferencia entre ambos cómputos se justifica porque la prescripción -conforme se ha concluido- es un límite temporal al ejercicio del poder penal del Estado, lo que supone que si en los plazos previstos en el art. 29 del CPP no se inicia la acción penal, el Estado pierde su pretensión punitiva. En tanto que la extinción de la acción penal por moral procesal precautela el derecho a un plazo razonable, lo que implica que la lesión a dicho derecho, en palabras de San Martín Castro, "se produce siempre como consecuencia de una omisión que realiza un órgano jurisdiccional sobre aquella obligación constitucional de resolver dentro de los plazos previstos las pretensiones que se formulen" (SAN MARTÍN CASTRO, César, Derecho procesal penal, Editorial Grijley, Lima-Perú, pág. 97). En otras palabras, se lesiona ese derecho si el proceso no culmina en los plazos previstos en el Código de procedimiento penal y la dilación puede ser atribuía al órgano judicial o al Ministerio Público, conforme concluyó la SC 101/2004.
- 1.
- 2.
- II.2. La acción de amparo constitucional y la interpretación de la legalidad ordinaria
- valoración de la prueba
- relevancia constitucional,
- interpretación de la legalidad ordinaria
- Fragmento 7
- a.
- solución genérica conscientemente diferenciada de lo que anteriormente se venía manteniendo y no como respuesta individualizada
- - Sobre los fundamentos de la prescripción
- -
- - La necesidad de cambiar el entendimiento jurisprudencial sobre la interrupción de la prescripción
- se inicia la acción penal
- que se interrumpe con el
- sino que radica sobre todo en la posibilidad real y verdadera, garantizada por el Estado, de que quien espera resolución -ya por la vía activa, ora por la pasiva- la obtenga oportunamente"
- Resolución 40/34
- 1. Acceso a la justicia
- que se constituyen también en una expresión de los deberes constitucionales del Estado
- debe procurar también por los derechos de la víctima
- tesis que propugna el equilibrio entre la búsqueda de la eficiencia y la salvaguarda de los derechos y garantías, se constituye en la síntesis que busca cumplir eficazmente las tareas de defensa social, sin abdicar del resguardo de los derechos y garantías del imputado
- la jurisprudencia que perjudica al imputado en materia de derecho penal sustantivo
- II.3. Sobre la existencia de víctimas múltiples
