SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1445/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1445/2010-R

Fecha: 01-Oct-2010

concedió

Concluida la audiencia, el Juez de garantías concedió el recurso presentado, disponiendo dejar sin efecto el informe jurídico AGGMSB 02/2007 de 24 de enero, también declarar nula la Resolución Municipal 018/2007, además de dejar sin efecto el convenio suscrito entre la Alcaldía Municipal de San Borja y la "Empresa Constructora Urizar" con el fundamentó que el recurrente tiene dos concesiones mineras; por consiguiente, se presentan las dos circunstancias que la jurisprudencia constitucional toma en consideración para el otorgamiento de la tutela en casos como en el presente; a saber: el derecho incuestionado del recurrente sobre las concesiones mineras "Caripo y Río Yacuma" y las vías de hecho de los recurridos que desconocieron estos derechos propietarios, motivos por los que se abre el ámbito de protección del amparo constitucional, a efectos de reparar la lesión de dichos actos  ilegales que significan lesiones contra los derechos del actor a la seguridad jurídica, a la propiedad y al trabajo.

Que el art. 103 del Código de Minería (CM) dispone: "El conocimiento y resolución de las actuaciones concernientes a la obtención, oposición, amparo, nulidad, expropiación, servidumbre y renuncia de concesiones mineras, corresponden a la jurisdicción administrativa minera y no a los Concejos Municipales.