SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1451/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1451/2010-R

Fecha: 04-Oct-2010

Fragmento 19

         De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se tiene que el Juez demandado, ordenó se incluya en el proceso al garante de evicción, al ser apelada esta resolución, fue confirmada por los Vocales mediante el Auto de Vista 027/2007 de 3 de febrero, notificada a las accionantes el 7 de febrero de 2007; y, si bien es cierto que solicitaron explicación y complementación, las mismas no fueron consideradas, por tanto el inicio del cómputo de plazo de los seis meses, es partir de la notificación con el nombrado Auto de Vista, que resolvió la apelación, conforme se tiene del último entendimiento jurisprudencial, tiempo desde el cual hasta el momento de la presentación de la presente acción tutelar, que fue el 12 de agosto de 2007, transcurrieron más de seis meses, convirtiendo esta acción de amparo en extemporánea, demostrando las accionantes desidia en causa propia. Situación que impide ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada, y por ende corresponde denegar la tutela solicitada.