SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1451/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1451/2010-R

Fecha: 04-Oct-2010

II.2.

II.2. Las recurrentes respondieron a la demanda reconvencional mereciendo las providencias de 24 de enero de 2006, y 31 del mismo mes y año (fs. 78 a 84 vta.); por memorial de 30 de  agosto del referido año, los demandantes del proceso civil solicitaron calificación del proceso, mereciendo por parte del Juez recurrido el Auto Interlocutorio de 13 de octubre de 2006, donde ordena que las reconvencionistas dentro de las setenta y dos horas de su legal notificación integren a la litís como sujeto pasivo de sus acciones reconvencionales a José Ortega Vásquez, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de quedar rechazadas las acciones reconvencionales deducidas (fs. 86 y 87); contra esta determinación las recurrentes interpusieron recurso de reposición bajo alternativa de apelación, donde el Juez de la causa mediante lo Auto de 20 de diciembre de 2006, confirma la resolución emitida y concede la apelación en el efecto devolutivo (fs. 89 a 100).