Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1454/2010-R
Fecha: 04-Oct-2010
Fragmento 3
De acuerdo a lo expuesto, el recurrente interpone recurso de amparo constitucional contra Rodolfo Mérida Rendón, José Luis Dabdoub López, María Teresa Rivero de Cusicanqui y Guido Chávez Méndez, Consejeros de la Judicatura; Juan Pablo Amusquivar Peñaranda, Carmen Villarroel Quinteros, Presidente y miembro, del Tribunal Disciplinario Sumariante del Consejo de la Judicatura, Distrital de Chuquisaca, pidiendo la nulidad de las resoluciones pronunciadas dentro del proceso disciplinario, la cancelación de cualquier antecedente disciplinario y la restitución inmediata su cargo de Juez Agrario de Sucre, con el correspondiente pago de haberes y demás beneficios de ley.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. El recurso directo de nulidad, como vía idónea para reclamar usurpación de funciones
- REVOCAR