Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1455/2010-R
Fecha: 04-Oct-2010
a)
La recurrente, plantea recurso de amparo constitucional contra María Claret Toro Fernández, Jueza Sexta de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Chuquisaca, solicitando: a) Se conceda el amparo; y, b) Se anule obrados hasta el vicio más antiguo instruyendo a la autoridad recurrida abrir término probatorio y efectuar una correcta valoración de la prueba.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- Fragmento 5
- concedió
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- comprende el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos
- III.3.2.Sobre la “seguridad jurídica”
- III.4. Análisis del caso concreto
- es el derecho que precautela a las personas para que en los procesos que se les inicia, tengan conocimiento y acceso de los actuados e impugnen los mismos con igualdad de condiciones conforme a procedimiento preestablecido y por ello mismo es inviolable por las personas o autoridad que impidan o restrinjan su ejercicio…”
- APROBAR