SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1476/2010-R
Fecha: 04-Oct-2010
1)
Las autoridades recurridas, presentaron el informe escrito cursante a fs. 517 a 522, donde señalan: 1) La empresa recurrente presentó recurso de impugnación citando como motivos de descalificación la mala interpretación del balance de transformación presentado, cuando el motivo de descalificación fue la no presentación del balance general y la inadecuada presentación del certificado de la empresa “Highwell Industrial Co. Ltd.”; 2) La descalificación se basa en la declaración jurada presentada a través del formulario A-8 de su propuesta que menciona en el inc. b) que la empresa cuenta con el balance general de la última gestión fiscal, de acuerdo a ello la Comisión verificó que el balance presentado no correspondía al balance de gestión, sino constituía un balance de transformación a 11 de mayo de 2006, siendo su obligación presentar balance al 31 de diciembre del referido año, según el numeral 20.3.6 del pliego de condiciones; 3) Al haberse presentado un documento diferente al jurado y como no se puede aceptar un balance de transformación como de apertura, pues la empresa al 31 de diciembre del citado año, tuvo movimiento de comercio de siete meses, periodo en el cual podía haber sufrido un descalabro económico o simplemente no reportar índice de liquidez, por lo que presentando un balance de apertura, se hubiese aceptado éste como válido, pero aun cuando jura tenerlo inexplicablemente no lo presenta ignorándose las razones, por lo que la declaración jurada contiene información falsa; y, 4) El segundo motivo de descalificación fue la inadecuada presentación del certificado de representación, pues el documento es un e-mail con traducción, que tampoco evidencia ser legal, ya que no cuenta con membrete de la casa matriz, no tiene sello y cuando la comisión quiso acceder al e-mail, el sistema registro “error” sin poder corroborar la legalidad y veracidad del documento.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- i)
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- En cuanto al derecho al debido proceso
- 0655/2010-R
- Derecho al trabajo y a ejercer el comercio
- no sólo la falta de documentos, sino que cualquier documento presentado no cumpla con las condiciones de validez requeridas
- SC 0099/2010-R de 10 de mayo
- APROBAR