SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1476/2010-R
Fecha: 04-Oct-2010
denegó
La Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 967/07 de 23 de noviembre de 2007, cursante de fs. 530 a 533, denegó la tutela, con los siguientes fundamentos: i) La Comisión verificó que el balance presentado en la propuesta no corresponde al balance de gestión, sino consistía en un balance de transformación al 11 de mayo de 2006, cuando en el formulario A8, la empresa jura que contaba con un balance de gestión siendo su obligación corroborar este extremo; ii) Al señalar que la resolución hubiera sido pronunciada fuera del plazo y que debió aplicarse el silencio positivo, al respecto se debe tener en cuenta el art. 165.2 del Reglamento del DS 27328 establece que una vez vencido el plazo, el recurrente solicitará mediante nota escrita el pronunciamiento expreso de la MAE sobre la reanudación del proceso, lo que fue omitido por la empresa representada por el recurrente; iii) En audiencia se estableció que no existe intención de retener las muestras, además llamaron para que la empresa las recoja para su devolución; y, iv) La autoridad recurrida se sujetó a los procedimientos que rigen la materia, el proceso de contratación pública fue desarrollado conforme a las normas jurídicas en cuanto a su trámite procedimental, además se detalló puntualmente la documentación por la cual fue descalificada y las Resoluciones ya están en ejecución, existiendo empresas adjudicadas, por lo que retrotraer el trámite va contra los intereses públicos.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- i)
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- En cuanto al derecho al debido proceso
- 0655/2010-R
- Derecho al trabajo y a ejercer el comercio
- no sólo la falta de documentos, sino que cualquier documento presentado no cumpla con las condiciones de validez requeridas
- SC 0099/2010-R de 10 de mayo
- APROBAR