SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1478/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1478/2010-R

Fecha: 04-Oct-2010

SC 0386/2010-R

En ese sentido y teniendo en cuenta la desproporcionalidad entre la actuación de la accionante y la del Municipio, y sobre todo la arbitrariedad manifestada en la clausura del puesto de venta, hace que se constituya en una medida de hecho por parte del Municipio. Con similar razonamiento, este Tribunal a través de la SC 0386/2010-R de 22 de junio, en un caso de clausura de puesto de venta sin previo proceso, concedió la tutela, aunque de manera provisional con el fundamento que: “…las accionantes tienen como única fuente de ingresos la venta de productos en los puestos de venta concedidos por el Municipio de Oruro, lo que significa que cualquier cierre, clausura o traslado de esos puestos, sin que medien y emerjan de los procedimientos legales establecidos para ello, constituye un acto que deriva en un daño irreparable e irremediable, ya que tanto las dueñas de esos puestos como quienes dependen económicamente de ellas no tendrían los medios para obtener el sustento diario al ser la única actividad de trabajo a la que se dedican desde hace varios años.