SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1496/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1496/2010-R

Fecha: 06-Oct-2010

1)

1)  El nombre de su defendido sólo aparece en el título o carátula del expediente y todas las supuestas infracciones que se mencionan en el recurso se dirigen al Juez Agrario y no se argumenta que su defendido hubiera cometido violación de algún derecho constitucional, por tanto, carece de legitimidad, por lo que corresponde declarar la improcedencia del recurso, con costas y multas.