SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1498/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1498/2010-R

Fecha: 11-Oct-2010

concedió

La Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronunció la Resolución 27/07 de 10 de diciembre, cursante de fs. 94 a 95, por la que concedió el recurso, anulando la Resolución 241/07 de 12 de abril de 2007 y disponiendo que el Juez Décimo Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial, pronuncie una resolución resolviendo la apelación; con los siguientes argumentos: 1) En el proceso civil sobre homologación de acuerdo transaccional seguido por el recurrente contra David Cruz Poma y Mirna Tania Esprella de Cruz, el documento de transacción de 11 de septiembre de 2001 y el de prórroga de plazo de 25 de febrero de 2002, se encuentran debidamente homologados y ejecutoriados, adquiriendo calidad de cosa juzgada; y, 2) No se tuvo presente que el Auto de Vista 155 ”A”/06 dictado por el Juez Duodécimo de Partido en lo Civil y Comercial, dispuso que el Juzgado de origen abra termino de prueba de veinte días a efecto de que las partes demuestren el cumplimiento o incumplimiento del acuerdo transaccional, desconociendo los alcances de los arts. 315 del CPC y, 412 y 949 del CC, que establecen que las transacciones entre partes, tienen efecto de cosa juzgada y contradictoriamente haber utilizado como fundamento el art. 15 de la LOJabrg y 237.4 del CPC, omitiendo considerar conforme el art. 236 las normas legales ya citadas.