Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1498/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
II.2.
II.2. Mediante Resolución 103/2004 de 30 de enero, el Juez Décimo en suplencia legal del Juzgado Noveno, ambos de Instrucción en lo Civil, homologa el documento de transacción de 11 de septiembre de 2001 y documento sobre prórroga de plazo de 25 de febrero de 2002, en toda forma de derecho (fs. 13 vta.); apelada dicha Resolución por la parte demandada, la Jueza Tercera de Partido en lo Civil y Comercial, a través de Resolución 185/04 de 24 de mayo de 2004, confirma el Auto apelado de 30 de enero de 2004 (fs. 18).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- i)
- concedió
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1. L
- III.3.2. En cuanto al debido proceso
- III.4.
- III.5. Análisis del caso
- APROBAR