Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1502/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
El recurrente, ratificó el contenido del recurso y con el derecho a la réplica, rechazó las observaciones de la parte recurrida e invocó la existencia de la escritura pública 801/2006, a través de la cual, la empresa “Bolivia Mahogani S.R.L.” representada por Eduardo Añez, compró la totalidad de las cuotas de aportación, activos y pasivos de la Corporación Horizontes S.R.L.; adquisición que se la efectuó a crédito, exteriorizado en el acuerdo transaccional de 29 de agosto de 2007.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- a)
- procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3. Sobre la “seguridad jurídica”
- III.4. Excepciones a la naturaleza subsidiaria del amparo constitucional
- acciones o medidas de hecho cometidas
- III.5. Análisis del caso que motiva la acción tutelar
- APROBAR