SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1502/2010-R
Fecha: 11-Oct-2010
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
El presente expediente, fue recibido en el Tribunal Constitucional el 10 de diciembre de 2007; sin embargo ante las renuncias de Magistrados suscitadas en diciembre del mismo año, este órgano quedó sin quórum, produciendo una paralización en la resolución de causas; no obstante ello y en virtud a la reciente designación de nuevas autoridades por Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público y mediante Acuerdo Jurisdiccional 001/2010 de 8 de marzo, el Pleno resolvió el reinicio de los cómputos; en consecuencia, la causa fue sometida a sorteo el 17 de agosto de 2010, por lo que la presente Resolución, es pronunciada dentro de plazo.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- a)
- procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3. Sobre la “seguridad jurídica”
- III.4. Excepciones a la naturaleza subsidiaria del amparo constitucional
- acciones o medidas de hecho cometidas
- III.5. Análisis del caso que motiva la acción tutelar
- APROBAR