SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1527/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1527/2010-R

Fecha: 11-Oct-2010

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

El abogado de la parte recurrente ratificó los fundamentos de su memorial de demanda y con el derecho a la réplica manifestó que su defendida trabajó cama adentro en el Complejo Aquart y el Código de Seguridad Social dispone que todo trabajador a partir del quinto día, goza del derecho al seguro. La inmediatez se refiere a que la recurrente pudo haber muerto si no se le prestaban los primeros auxilios, las demás situaciones sobre las llamadas y extorsiones, se encuentran dentro del ámbito subjetivo y no amerita citarlos por cuanto no existen pruebas al respecto.

Manifestó que, su defendida es un ser humano y la Constitución Política del Estado protege la vida y la salud de las personas, además que, al amparo de la Ley 975 debe quedarse a trabajar durante un año más. No se está reclamando el derecho al trabajo, sino a la salud y el empleador tiene la obligación de asegurar al empleado, cualquiera sea su condición, aunque se encuentre en periodo de prueba.