SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1527/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1527/2010-R

Fecha: 11-Oct-2010

II.4.

II.4. El 27 de noviembre de 2007, mediante carta notariada, la recurrente solicitó a su empleadora, el pago de su sueldo correspondiente a octubre de 2007 y que se haga cargo de los gastos que significaron su afección de salud; nota que señala: “…le consta que envié a una tercer persona ante ud. para que me pague el sueldo de octubre y sin ninguna consideración al humano me negó el mismo, por lo que a los efectos posteriores es de presumir que pretenderá desconocer mis derechos laborables y los establecidos en el Código de Seguridad Social y la Ley de Pensiones, tal como indirectamente se ha manifestado al no acudir a la vía conciliatoria ante la inspectoría del Trabajo en virtud a la emergencia presentada” (sic) (fs. 3).